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El peso de la salud privada en la constitución

07/06/2021

En Chile, la actual Constitución se refiere al derecho a la salud en su artículo 19 números 1° (derecho a la vida y a la integridad física y psíquica), 8° (derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación) y, especialmente, 9°.

Vale la pena preguntarse cuál es la verdadera relevancia y sustancia de la libertad a elegir sistemas que se consagra en la Constitución.

Dicho numeral establece el derecho a la protección de la salud, señalando que el Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo. Además, se señala que “es deber preferente del estado garantizar la ejecución de las acciones de salud”.

Sin perjuicio de este deber preferente del Estado, hoy en Chile confluyen dos sistemas de aseguramiento de prestaciones de salud: uno público, de carácter universal (FONASA) y uno privado que funciona en base a seguros privados ofrecidos por las instituciones de salud previsional o ISAPRES. Lo anterior es consecuencia de que la misma Constitución consagra la libertad de las personas para elegir, señalando que “Cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste Estatal o privado.”

Al amparo de estas reglas, se han estructurado estos dos sistemas de salud que poseen características muy disímiles entre sí, especialmente en lo que se refiere a la población adscrita a uno u a otro sistema. Esta segmentación es especialmente significativa, por ejemplo, en lo que dice relación con las capacidades de pago y a las características individuales de cada grupo, especialmente en relación al riesgo a enfermar debido a la capacidad de las ISAPRES de seleccionar usuarios con menor riesgo y rechazar a los que tienen mayor riesgo de enfermarse (lo que se denomina “descreme” del sistema). 

Por lo tanto, vale la pena preguntarse cuál es la verdadera relevancia y sustancia de la libertad a elegir sistemas que se consagra en la Constitución. Si quieres profundizar en este tema, revisa estos informes de Espacio Público y del Centro de Estudios Públicos (CEP).



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