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La secretaría técnica y el rol de la Corte Suprema

19/07/2021

En un artículo anterior hablamos de cómo debe relacionarse la Convención Constitucional con los demás órganos y poderes del Estados y cuáles son los límites. Te contamos que la experiencia comparada muestra distintos modos de cómo interactuaba una Convención con los demás poderes. Por ejemplo, vimos como en el caso colombiano, la Asamblea Constituyente declaró que sus actos no estaban sujetos a control jurisdiccional alguno por parte del Poder Judicial.


La actual Constitución agrega que “en ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración”, por lo que este recurso estaría delimitado sólo como mecanismo que protege las reglas procedimentales, pero está pensado como un mecanismo que permita controlar el contenido de reglas adoptadas por la Convenció

En nuestro caso, la actual Constitución establece expresamente un recurso de reclamación por “una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención”, indicando que esas reglas se refieren tanto a las contenidas en la actual Constitución referidas la elaboración de una Nueva Constitución y “aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención”. Este recurso lo deberán resolver cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo por la misma Corte cada vez que se interponga.

 


Sin perjuicio de lo anterior, la actual Constitución agrega que “en ningún caso se podrá reclamar sobre el contenido de los textos en elaboración”, por lo que este recurso estaría delimitado sólo como mecanismo que protege las reglas procedimentales, pero está pensado como un mecanismo que permita controlar el contenido de reglas adoptadas por la Convención. Sin embargo, las reglas de procedimiento son un conjunto amplio de materias que muchas veces están en la frontera con el contenido de otras reglas adoptadas por lo que los límites de este recurso no son particularmente claros.

La Corte Suprema ya emitió, por medio de un Auto Acordado disponible acá, un reglamento sobre el procedimiento detallado de este recurso. Revisa también este interesante documento del PNUD sobre los distintos mecanismos de cambio constitucional en el mundo.


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