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Las Reglas de la Elección de Convencionales

16/03/2021

Se estableció una regla de paridad de género para la integración de la Convención Constitucional, lo cual fija una inédita medida a nivel internacional para conformar un cuerpo colegiado que estudie el nuevo marco jurídico para Chile.

La Paridad

Se estableció una regla de paridad de género para la integración de la Convención Constitucional, lo cual fija una inédita medida a nivel internacional para conformar un cuerpo colegiado que estudie el nuevo marco jurídico para Chile. La idea que está tras esta medida busca evitar sobre o sub-representación de cualquier género sobre otro.

Para revisar los detalles de aplicación de la regla de paridad en el sistema electoral, siga la siguiente información de la Biblioteca del Congreso Nacional en el siguiente link.

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La tarea de la Convención Constitucional es escribir una Nueva Constitución para Chile y someterla al pueblo, en votación obligatoria, quienes deberán dar por resuelto nuestro desafío como país, pudiendo aprobar o rechazar ese trabajo.

La inclusión de los pueblos originarios

Existen 17 cupos exclusivos para representantes de los pueblos originarios, conforme a los antecedentes que ofrece la Ley Indígena. Estos se distribuyen de la siguiente manera: siete cupos para los mapuche, dos para los aymara y uno para cada uno de los otros pueblos: rapanui, quechua, atacameños, diaguitas, collas, kawéskar, yaganes y changos. En el ámbito específico de esta categoría en la elección, también se establece la regla de paridad de género.

Inclusión de personas con discapacidad

Las candidaturas de personas con alguna discapacidad deben formar parte del 5% de las postulaciones que inscriban los partidos políticos y las listas organizadas para esta elección.

¿Cómo se conforma la Convención Constitucional?

A partir de la elección del 11 de abril de 2021, se elegirán 155 integrantes de la Convención Constitucional quienes serán elegidos y elegidas a través de un inédito proceso paritario, con inclusión de los pueblos originarios y en 28 distritos electorales equivalentes a la decisión que la ciudadanía toma en las elecciones de diputados. Quienes resulten electos obtendrán una remuneración de 50 unidades tributarias mensuales y una vez concluida su tarea, no podrán presentarse a cargos de elección popular por un plazo de un año, y desde luego tampoco al momento de ejercer sus labores como constituyentes.

¿Cómo trabajará?

La Convención Constitucional definirá su modo de trabajo una vez que se instale y es autónoma en eso.

¿Cuáles son sus resultados esperados?

La tarea de la Convención Constitucional es escribir una Nueva Constitución para Chile y someterla al pueblo, en votación obligatoria, quienes deberán dar por resuelto nuestro desafío como país, pudiendo aprobar o rechazar ese trabajo.

¿Qué rol juega la ciudadanía?

La ciudadanía juega un rol fundamental. La opinión de las personas es central para el desafío del país. La Convención Constitucional definirá la forma y el modo en que las personas y la ciudadanía participarán de la deliberación de una carta fundamental.

¿Cómo termina el proceso?

Con un plebiscito de salida cuyo votación tiene carácter obligatorio, momento en el cual las chilenas y chilenos con derecho a sufragio definiremos si aprobamos o rechazamos el texto propuesto por la Convención Constitucional.

Si se aprueba, Chile tendrá una nueva constitución. En cambio, si se rechaza, seguirá rigiendo la carta fundamental actual. El plebiscito será convocado por un decreto respectivo que fijará el acto electoral para 60 días después de esa publicación.

¿Cuándo comienza a regir la nueva Constitución de la República?

De aprobarse la nueva constitución por la ciudadanía, el Presidente de la República debe convocar al Congreso pleno a una sesión solemne de promulgación y dentro de un plazo de días desde ese acto público, será publicada en el Diario Oficial y será ley de la república y el nuevo marco de reglas y entendimiento de las chilenas y chilenos.

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