Tradicionalmente, el preámbulo de una Constitución no es una sección que tenga una atención muy relevante en los debates – académicos o judiciales - sobre diseño e interpretación constitucional. Si se hace mención a los principios contenidos en el preámbulo, generalmente es más bien con la intención de dar cuenta en términos muy generales un punto de partida para interpretar las reglas e instituciones contenidas en una constitución, pero no se desarrolla un debate especialmente significativo.
Todos los órganos nuevos y actuales, deberán interpretar la nueva constitución y todas sus reglas conforme a los principios que se establezcan en esta parte del texto.
El preámbulo comienza con la siguiente declaración: “Nosotros, el Pueblo de los Estados Unidos, a fin de formar una Unión más perfecta, establecer Justicia, afirmar la tranquilidad interior, proveer la Defensa común, promover el bienestar general y asegurar para nosotros mismos y para nuestros descendientes los beneficios de la Libertad, estatuimos y sancionamos esta Constitución para los Estados Unidos de América”. Para este autor, la declaración establece los valores y compromisos centrales de la comunidad política norteamericana y configura no solo el punto de partida de la interpretación, sino la vara o estándar de evaluación. En efecto, el preámbulo establecería los fines y objetivos a los que debe abocarse las instituciones políticas y conforme a los cuales ha de evaluarse y interpretarse su desempeño.
Para el caso chileno, el preámbulo y los principios constitucionales también tendrán una posición muy relevante no solo en la discusión actual, sino también para cuando la nueva Constitución entre en funcionamiento. En efecto, 9
Por lo mismo, resulta muy importante seguir la discusión sobre los principios constitucionales y deliberar sobre cómo pueden influir en las nuevas reglas e instituciones que se creen.