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Dietas de los convencionales

17/05/2021

Para su funcionamiento, la Convención contará con recursos especialmente determinados por la Constitución actual y por la ley. Los Convencionales recibirán un sueldo de 50 unidades tributarias mensuales. Además de este monto, los convencionales contarán con asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención cuyo objeto será apoyar el ejercicio de la función de Convencional, por ejemplo, en la contratación de asesores, informes y opiniones de expertos, entre otras definidas en el Reglamento.

Los Convencionales recibirán un sueldo de 50 unidades tributarias mensuales.

Estas asignaciones serán administradas por un comité externo que determine el mismo Reglamento. Revisa lo que señala la misma Constitución acá.


En el proceso Constituyente colombiano (1991), la fijación de un sueldo no quedó establecido por la reforma constitucional como en el caso de Chile y tuvo que ser resuelto como parte de los aspectos operativos de la Asamblea Nacional Constituyente previa a su instalación. El principal argumento para establecer este salario tenía que ver con la dedicación exclusiva que implicaba el cargo y también contemplaba el apoyo técnico y especializado para los convencionales.

En Chile, los y las Convencionales quedan sujetos a las reglas de inhabilidades e incompatibilidades de los y las diputadas y senadores, las que no son categóricas en establecer dedicación exclusiva para todos los casos. Por lo mismo, el control del uso de los recursos así como el cumplimiento de las normas sobre conflictos de interés y probidad de la función pública serán temas centrales a regular en el Reglamento y durante el funcionamiento de la Convención.



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